Un matrimonio de hombres tendrá 90 días de licencia tras adoptar a dos chicos

En un fallo sin antecedentes, la jueza del Juzgado de Familia Nº 5 del Departamento Judicial de Mar del Plata, Dra. Clara Alejandra Obligado, emitió una resolución en la que otorga una licencia por paternidad de 90 días a un matrimonio igualitario de hombres por adoptar a dos niños de 8 y 10 años.

La normativa vigente en relación con la licencia por maternidad es clara al respecto y reza que "queda prohibido el trabajo del personal femenino durante los 45 días anteriores al parto y hasta 45 días después del mismo. Sin embargo, la interesada podrá optar por que se le reduzca la licencia anterior al parto, que en tal caso no podrá ser inferior a 30 días; el resto del período total de licencia se acumulará al período de descanso posterior al parto".

Sobre el personal masculino, por su parte, la Convención Colectiva de Trabajo aclara que "el empleador otorgará, con goce total de sus remuneraciones, 2 días hábiles por nacimiento de hijos". Por ello, el matrimonio igualitario inició la demanda, al sentir que trataba de una "discriminación" contra ellos, por lo que se solicitó "la licencia por paternidad en semejanza con la licencia por maternidad, en los mismos plazos y formas que conforme a las reglamentaciones y normativas de fondo vigentes que se otorgan a las mamás".

"El reconocimiento del avance de la igualdad de género en la actualidad es una obligación para el Estado Argentino por lo que deben brindarse muy buenas razones para establecer una diferencia de trato en función del sexo", aclara el fallo firmado la tarde del miércoles.

Además, explica que "debemos otorgar un mayor reconocimiento de la igualdad de obligaciones entre los padres y las madres en lo relativo al cuidado y crianza de sus hijos. Por ende, permitir que sólo las mujeres obtengan una licencia por maternidad por el plazo de 90 días perpetua los estereotipos de género y sus desventajas".


Infobae
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